Revocación de mandato: ¿qué implica la veda electoral?
A menos de dos meses de la jornada electoral de revocación de mandato, el pasado miércoles arrancó en Talleres Gráficos de México la impresión de las 94 millones 590 mil 469 boletas y papelería diversa, que se utilizará el próximo 10 de abril en las urnas en el polémico ejercicio impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, con el que se busca conocer si los mexicanos desean que el mandatario continúe en su puesto los últimos dos años de su sexenio (2023 y 2024).
Esto significa que la revocación de mandato está a la vuelta de la esquina y esto implica una nueva problemática para el modelo de comunicación del ejecutivo.
La semana pasada, la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó que se retiren las publicaciones relacionadas a dos eventos que el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, realizó en su gira por Sonora, lo anterior al señalar que violan la veda electoral impuesta.
El INE se refirió a una reunión sostenida el 12 de febrero con autoridades del pueblo Comcáac, en Hermosillo, Sonora, así como el acto de supervisión del estadio “Tomás Oroz Gaytán”, un día después, realizada en Cajeme.
“La Comisión de Quejas y Denuncias determinó procedentes las medidas cautelares, ya que, en un análisis preliminar, se advierte que ambas publicaciones resaltan acciones realizadas por el Poder Ejecutivo Federal, actividades gubernamentales vinculadas con la operación de programas sociales, la realización de obra pública y destacan los beneficios para los habitantes”, apuntó la Comisión de Quejas del INE.
El organismo señaló que debido a las múltiples veces en las que el presidente ha ignorado las reglas electorales, hay riesgo de que incurra nuevamente en actos prohibidos. De acuerdo con el INE, desde que asumió la presidencia, AMLO viola la constitución al presumir sus logros en período prohibido y no atiende las medidas cautelares
Por su parte, López Obrador ha dicho que respetará las restricciones, pero ha instruido a la Consejería Jurídica de la Presidencia para que consulte al Tribunal Electoral sobre los alcances de la palabra “propaganda”, pues él considera que el contenido de la conferencia mañanera es informativo y no propagandístico.
Lo importante en este escenario será dejarle claro al ejecutivo qué es información, qué es opinión, qué es programa, qué es publicidad o qué es propaganda.
El restrictivo modelo de comunicación política que le sirvió a AMLO para llegar al poder callando voces críticas, se le está volteando. Los medios estarán obligados a suspender las transmisiones o enlaces a La Mañanera, dada la veda electoral. Si no lo hacen, pueden ser sancionados con multas millonarias.
También los funcionarios públicos que hagan propaganda en favor de AMLO (incluso él mismo), pueden ser sancionados por violar las normas electorales. La diferencia es que, para estos últimos, incluido el presidente, la ley es sólo una amable sugerencia. Para tener un proceso democrático y transparente la impunidad no puede pasar desapercibida.