
IMSS no prueba relación laboral vigente: nueva jurisprudencia protege a trabajadores
Ciudad de México.– A partir de este lunes entró en vigor una nueva jurisprudencia del Poder Judicial de la Federación, la cual establece que la inscripción o permanencia de un trabajador en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no es prueba suficiente para desvirtuar un despido injustificado.
Este nuevo criterio, publicado el 25 de abril en el Semanario Judicial de la Federación, será de aplicación obligatoria para todos los tribunales del país. La resolución proviene de un caso en el que un trabajador denunció a su empleador por despido injustificado, y el patrón argumentó que la relación laboral seguía vigente solo porque el empleado aún estaba dado de alta en el IMSS.
Sin embargo, un tribunal colegiado determinó que los movimientos afiliatorios en el IMSS —como las altas o bajas— son actos unilaterales del patrón y, aunque tienen efectos en el ámbito de la seguridad social, no reflejan necesariamente la realidad de una relación de trabajo.
La jurisprudencia indica que, para demostrar la continuidad de una relación laboral, se deben presentar pruebas adicionales como recibos de nómina firmados, registros de asistencia o inspecciones laborales.
Expertos en derecho laboral, como Diego García Saucedo, consideran que este nuevo criterio es coherente con resoluciones anteriores que ya cuestionaban el uso del IMSS como prueba plena. También señalan que, desde 2017, se ha venido modificando la idea de que mantener al trabajador registrado en el IMSS era prueba de buena fe.
Por su parte, Verónica Lida Martínez, abogada e investigadora de la Universidad Anáhuac, explicó que esta decisión diferencia correctamente las obligaciones de seguridad social de las laborales, y busca proteger a los trabajadores, especialmente por su condición de vulnerabilidad frente a los patrones.
Finalmente, el criterio recuerda a los empleadores que son ellos quienes deben probar la existencia de una relación laboral ante un juicio y documentarla adecuadamente para evitar sanciones o reinstalaciones indebidas.
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